EL FUERO DE SOTO Y VELERDA

 

     



   Las ruinas actuales del monasterio de San Pedro de Eslonza no traslucen que hace muchos siglos, fue el segundo más importante de León. Tanto lo era, que poseía tierras en Asturias, más allá de la cordillera cantábrica. Algunas estaban situadas en los núcleos de Tarna, Soto y Velerda (parroquia de San Salvador de Sobrecastiello), Veneros (parroquia de San Juan del Campo) y Nieves (parroquia de Santiago de Bueres). El monasterio fue beneficiario de estas tierras gracias a un señor, de nombre Pelayo Bermúdez, quien las testó en favor del cenobio a mediados del siglo XI.  Como resultado, existe un conjunto de documentos datados entre 1142 y 1385, muy expresivos acerca de la situación de parte de nuestro concejo en la baja Edad Media. 
     El documento más importante de este conjunto es, sin duda, el Fuero de Soto y Velerda, que fue otorgado a los vecinos de estas aldeas en 1272 por Pero Martínez, abad de San Pedro de Eslonza. El fuero era una carta mediante la que se regulaban las relaciones entre el monasterio y sus vasallos y en este caso, fue estudiado por el medievalista asturiano Juan Ignacio Ruiz de la Peña, quien lo publicó en una separata. En ella transcribe el texto y lo comenta, llamando la atención sobre la renta que debían pagar a partir de la concesión del fuero, que consistía en veinte libras de cera, a pagar coincidiendo con la festividad de San Martín.  A juicio de Ruiz de la Peña, la intención del fuero no era repobladora, sino de fijación de la población existente, como un medio de evitar el éxodo de población a tierras de condiciones más benignas.
     De la lectura del documento se pueden extraer varias conclusiones, por ejemplo: existía en estas tierras un volumen de población lo suficientemente amplio para generar la creación de un fuero; de entre todos los productos, la cera era uno de los más importantes y, además, en el mes de noviembre se contaba con la cosecha apícola.      
     La cera era un producto fundamental en la Edad Media y lo siguió siendo hasta el siglo XX, indispensable para la iluminación de las viviendas, los caminos y las iglesias, y no es extraño que se convirtiera en un elemento fundamental en la economía, tanto en la de subsistencia como en la orientada a los pagos o las relaciones comerciales.


       Esta imagen corresponde a la descripción del documento realizada por Juan Ignacio Ruiz de la Peña. Por ella sabemos que el documento original se encuentra en la sección de Clero, del Archivo Histórico Nacional; también, que fue editado por V. Vignau y E. Staaf, aunque para la publicación en la separata, el medievalista asturiano optó por la transcripción directa del documento original. 

    


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